Se Reforma la Constitución de la Ciudad de México en Materia de Agua y Vivienda.

El Congreso de la Ciudad de México reformó la Constitución local con el fin de profundizar en el derecho a una “ciudad solidaria” y el ordenamiento territorial, específicamente los derechos fundamentales a la vivienda, así como al agua y su saneamiento.

Con fecha 16 de mayo de 2024, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México promulgó el Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de la Ciudad de México (la “Reforma”) en la Gaceta Oficial de dicha entidad federativa. La Reforma se enfoca en tres pilares fundamentales: (i) el derecho a la vivienda; (ii) el derecho al agua y saneamiento; y (iii) el ordenamiento territorial. Dichos pilares se sintetizan a continuación:

  1. Derecho a la Vivienda:

Se incorpora el deber de las autoridades de implementar medidas para garantizar que las viviendas cumplan con los requisitos de accesibilidad, precios asequibles, condiciones para vivir “cómodamente”, tomando en consideración la cultura, el tamaño y el diseño; así como que cuenten con la infraestructura necesaria para recibir los servicios básicos.

Igualmente, la Reforma prevé que se garantizará el acceso a conexiones a la red de agua potable, captadores de agua pluvial, sistemas que permitan su reúso y saneamiento de aguas.

  1. Derecho al Agua y Saneamiento:

La Reforma establece que la Ciudad de México deberá garantizar una cobertura universal del agua, su acceso diario, continuo, equitativo y sustentable a través del uso de la tecnología.

Para lo cual, se implementará un sistema amplio de capacitación de agua de lluvia, priorizando a aquellas zonas que tengan un menor acceso a la red hidráulica. Asimismo, se buscará crear programas que contribuyan a generar conciencia pública y la cultura sobre el ahorro y uso sustentable del agua.

Por otro lado, la Reforma aborda la infraestructura del tratamiento de aguas residuales, y cómo estas deberán integrar “soluciones basadas en la naturaleza”, los cuales son enfoques que utilizan los ecosistemas y sus servicios para abordar problemas ambientales, sociales y económicos, reconociendo que un sistema saludable es capaz de brindar beneficios esenciales a la población.

  1. Ordenamiento Territorial:

Las industrias y otros servicios con alto consumo de agua deberán asegurar un uso eficiente, responsable, sustentable y equitativo del agua, mediante la operación de infraestructura para la captación de agua pluvial y tratamiento de aguas residuales. Lo anterior, de forma que con tales acciones se pueda cubrir el abasto para servicios que no sean de acceso básico para las personas.

Con base en la política hídrica de la Ciudad de México, la Reforma prevé la elaboración de un plan de infraestructura para el aprovechamiento, tratamiento y preservación del agua. Se fomentará el uso de materiales de construcción que sean favorables para la prevención de inundaciones.

Entre sus puntos más relevantes, se contempla que las actividades económicas no podrán comprometer, en ningún caso, la satisfacción de las necesidades de uso personal y doméstico del agua.

Finalmente, la Reforma prevé que los nuevos desarrollos residenciales y de diversos tipos deberán contar con mecanismos de captación de agua pluvial, así como redes internas de doble tubería que permitan su uso no potable.

Next steps

La Reforma entró en vigor el 17 de mayo de 2024. Dentro de los 90 días a partir de tal fecha, la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México coordinará los trabajos de investigación y gestiones necesarias para la implementación de la Reforma.

 

 

Elaborado por: Mauricio Llamas y Santiago Contró

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